Se ha publicado (BOE 25/01/2023) el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético, que permitirá a las empresas sujetas a cuota anual de ahorro energético sustituir voluntariamente un porcentaje de sus pagos al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) por un ahorro energético certificado, proveniente de las inversiones en eficiencia energética.
Las empresas podrán identificar medidas de ahorro según un Catálogo de actuaciones relativas a climatización, mejora de la envolvente, iluminación, movilidad, procesos industriales, etcétera, cuya ejecución permitirá obtener los Certificados de Ahorro Energético (un CAE equivale a 1 kWh ahorrado).
Gestión del sistema
Una vez ejecutada la actuación de ahorro, la empresa presentará los resultados ante un verificador independiente, acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), para que los valide. Después se registrarán en una plataforma electrónica operada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y la comunidad autónoma donde se haya actuado expedirá los correspondientes CAE, con efecto en todo el territorio nacional.
Los CAE registrados en la plataforma electrónica podrán liquidarse, contribuyendo a cumplir las obligaciones de ahorro de las empresas, o podrán comercializarse, permitiendo que otras empresas obligadas los adquieran y procedan a su liquidación para cumplir con sus obligaciones.
Los sujetos obligados podrán operar directamente o contratar los servicios de empresas acreditadas, denominadas sujetos delegados. La plataforma electrónica permitirá inventariar a todos estos agentes y trazar las operaciones realizadas con los CAE durante sus tres años de vigencia.
Una orden ministerial en tramitación detalla las figuras del Sujeto Delegado, del Verificador del Ahorro de Energía y del Registro Nacional de CAE, alojado en la plataforma informática.
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Certificado de eficiencia energética. |
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