Ya se puede presentar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria el formulario para solicitar la ayuda al sector de transportes por carretera.
Beneficiarios.
Trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España que, a 15 de julio de 2022:
1.- Se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte como titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDPE, MDLE.
Los beneficiarios de esta ayuda, que deban ser titulares de una autorización de transporte, debieron estar registrados como titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDPE, MDLE, a fecha 15 de julio de 2022.
En el siguiente enlace del Registro de Empresas y Actividades de Transporte, se pueden contrastar los títulos habilitantes en vigor:
| Registro de Empresas y Actividades de Transporte |
2.- Tengan a su disposición licencia expedida en Ceuta y Melilla para vehículos taxi.
El requisito de ser titular de una licencia VT se considera cumplido con la licencia expedida en Ceuta y Melilla para vehículos taxi siempre que disponga de ella a 15 de julio de 2022.
3.- Sean titulares de autobuses urbanos conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos y que a fecha 15 de julio de 2022, se encuentren de alta en el Registro de vehículos de la Jefatura central de Tráfico.
Actividades que pueden recibir las ayudas:
| Código CNAE | Actividad |
|---|---|
| A. TRANSPORTES: | |
| 4932 | Transporte por taxi. |
| 4939 | Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p. |
| 4941 | Transporte de mercancías por carretera. |
| 4942 | Servicios de mudanza. |
| 8690 | Servicio de transporte sanitario de personas. |
| 4931 | Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros. |
Importe de las ayudas. Dentro de cada actividad, el importe individual de la ayuda se determinará atendiendo al número y tipo de vehículo explotado por cada beneficiario, de acuerdo con la tabla incluida a continuación.
| Vehículo |
Importe (euros) |
|---|---|
| Mercancías pesado. Camión. MDPE. | 1.250 |
| Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE. | 500 |
| Autobús. VDE. | 950 |
| Taxis. VT. | 300 |
| Vehículo alquiler con conductor. VTC. | 300 |
| Ambulancia VSE. | 500 |
| Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos. | 950 |
Límite de la ayuda. El importe resultante podrá superar la cantidad bruta de 500.000 euros.
Forma de presentación. A través de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración tributaria, rellenando el formulario correspondiente.
| Enlace para solicitar la ayuda. |
Plazo de solicitud: hasta el 30 de septiembre de 2022.
Los solicitantes de esta ayuda cuyo domicilio fiscal se encuentre en el País Vasco o Navarra deberán solicitarla en las Instituciones Vascas y Navarras.
Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.
- Estimación objetiva - Estimación directa simplificada - Estimación directa normal
- Cálculo de la letra del N.I.F. - Comprobar si el C.I.F. es correcto. - Comprobar número de cuenta bancaria - Obtener dígito control de cuenta bancaria - Calcular dígito de control del nº de la Seguridad Social - Calcular código IBAN - Obtención de certificado de la renta - Cómo solicitar la tarjeta sanitaria europea