De conformidad con el artículo 74, apartado cuatro de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 (BOE 30/10/2015), las familias numerosas ya no pagarán tasa por sacarse o renovar DNI y pasaporte, según los siguientes términos:
“Con efectos de 1 de enero de 2016 y vigencia indefinida, cuando el sujeto pasivo tenga la condición de miembro de familia numerosa, de conformidad con la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, la cuantía de las siguientes tasas será de 0 euros:
a) La establecida en la Ley 84/1978, de 28 de diciembre, por la que se regula la tasa de expedición del Documento Nacional de Identidad.
b) La establecida en el Decreto 466/1960, de 10 de marzo, por el que se convalida la tasa por expedición de pasaportes”.
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