Con objetivo unificador se ha realizado una actualización, aclaración y armonización de las distintas leyes que lo conforman, dado lugar a un nuevo texto, completo y sistemático.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, entra en vigor el 1 de noviembre de 2015, a excepción de la entrada en vigor de la duración prevista para el permiso de paternidad (cuatro semanas), que sin perjuicio de lo indicado en el artículo 49, letra c), la duración del permiso de paternidad para el personal funcionario seguirá siendo de quince días hasta que no se produzca la entrada en vigor del artículo 2 de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, y por último, tanto el apartado 2 del artículo 50 (relativo a las vacaciones de los funcionarios públicos), como la disposición adicional decimosexta (Permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación) del texto refundido, se producirá el 1 de enero de 2016.
BOE 31/10/2015
| Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. |
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