Para tener derecho a la deducción por el cónyuge no separado legalmente con discapacidad es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
1) Que exista vínculo matrimonial.
2) Que el cónyuge del solicitante sea una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, que deberá acreditarse mediante certificado o resolución expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o el órgano competente de las Comunidades Autónomas.
3) Que el cónyuge del solicitante no haya obtenido en el ejercicio que corresponda rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las exentas del impuesto.
4) Que el cónyuge con discapacidad no genere el derecho a las deducciones por descendientes o ascendientes con discapacidad.
5) La persona que presenta la solicitud en la renta, debe estar cotizando a la Seguridad Social, realizando una actividad por cuenta propia o ajena, ser pensionista o percibir prestaciones contributibas y asistenciales (subsidio) del sitema de protección del desempleo.
La deducción por cónyuge discapacitado es de 100 euros al mes y para solicitar la deducción los contribuyentes deberán cumplimentar las casillas correspondientes de su declaración de la renta.
También se puede solicitar el abono mensual de la deducción por cónyuge no separado legalmente de 100 €, solicitud que será individual, correspondiendo a un solo contribuyente.
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