Para el ejercicio fiscal 2026, la exención y la correspondiente devolución de las cuotas del IBI de naturaleza rústica se rigen principalmente por el Real Decreto-ley 5/2026, aprobado para paliar los efectos de los fuertes siniestros y fenómenos meteorológicos adversos ocurridos a principios de año (especialmente en regiones como Andalucía y Extremadura).
El procedimiento definitivo quedó regulado mediante la Resolución de 14 de abril de 2026 de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. Los términos específicos para este año contemplan lo siguiente:
Requisitos exigidos en 2026
Para beneficiarse de la exención de la cuota del IBI rústico (así como de sus recargos legalmente autorizados), se deben cumplir tres condiciones concurrentes:
1. Ubicación: Los terrenos deben estar situados en los municipios o zonas afectadas que aparecen reflejados en el Anexo del Real Decreto-ley 5/2026.
2. Titularidad y afectación: Los bienes inmuebles rústicos deben pertenecer a titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas y estar directamente afectos al desarrollo de dichas actividades.
3. Pérdida de rendimiento: Los titulares tienen que haber sufrido durante el ejercicio fiscal una reducción del rendimiento neto de sus actividades agrarias de, al menos:
o Un 20% en zonas con limitaciones naturales o específicas.
o Un 30% en las demás zonas. (Ambos porcentajes calculados respecto a la media obtenida en los tres años anteriores).
Proceso de solicitud y devolución
• Cuándo solicitarlo: El trámite se inicia habitualmente una vez que el titular de la explotación dispone del dato fehaciente del rendimiento neto de la campaña del ejercicio fiscal.
• Cómo solicitarlo: No es un beneficio de oficio. Se debe tramitar una solicitud formal adjuntando la documentación justificativa del descenso de ingresos y la afectación de las fincas.
• Devolución: Si ya has abonado el recibo del IBI rústico de 2026 antes de resolver la exención, en la propia solicitud deberás reflejar tu número de cuenta bancaria para exigir la devolución de los ingresos indebidos correspondientes.
Resolución de 14 de abril de 2026, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se regula el procedimiento de compensación de los beneficios fiscales en las cuotas correspondientes al ejercicio 2026 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre Actividades Económicas, por los daños causados por las inundaciones y otros sucesos acaecidos en diferentes municipios de las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
- Estimación objetiva - Estimación directa simplificada - Estimación directa normal
- Cálculo de la letra del N.I.F.
- Comprobar si el C.I.F. es correcto.
- Comprobar número de cuenta bancaria
- Obtener dígito control de cuenta bancaria
- Calcular dígito de control del nº de la Seguridad Social
- Calcular código IBAN
- Obtención de certificado de la renta
- Cómo solicitar la tarjeta sanitaria europea
- Autónomo colaborador - Deducción por maternidad - Declaración renta y plan MOVES - Deducción por inversión en vivienda - Certificado de eficiencia energética - Modificación Ley de Arrendamientos - Nuevo reglamento de facturación - Deducción de 400 € en el IRPF - Limitación de pagos en efectivo - Lucha contra la morosidad - Medidas de la reforma fiscal
- Obligación de practicar pagos a cuenta del IRPF. - Rendimientos no sometidos a retención. - Rentas sujetas a retención. - Obligados a retener o ingresar a cuenta.