La Orden HAP/1230/2015, de 17 de junio (BOE 25/06/2015), aprueba el modelo 411 «Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito. Autoliquidación». El modelo estará disponible exclusivamente en formato electrónico.
Obligados a presentar el modelo 411.
Estarán obligados a presentar el modelo 411 quienes tengan la condición de contribuyentes del Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito conforme a lo dispuesto en el apartado Seis del artículo 19 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, y no gocen de exención.
Plazo de presentación del modelo 411.
El plazo para la presentación del modelo 411 será el comprendido entre los días 1 y 31 del mes de julio del año siguiente a aquel que coincida con el periodo impositivo.
Forma, condiciones y procedimiento para la presentación del modelo 411:
1. La presentación del modelo 411 «Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito. Autoliquidación» se efectuará conforme a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria.
2. La presentación electrónica por Internet del modelo 411 se efectuará con arreglo a las condiciones y al procedimiento establecidos en los artículos 6 a 11 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria.
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