Con efectos desde el 1 de enero de 2015, el Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre (BOE 06/12/2014), introduce en el artículo 110.3.c) del Reglamento del IRPF, una nueva deducción del rendimiento neto a efectos del cálculo del pago fraccionado trimestral para aquellos obligados tributarios que desarrollen actividades económicas, cuando la cuantía de los rendimientos netos de dichas actividades económicas en el ejercicio anterior haya sido igual o inferior a 12.000 €.
Cuando la cuantía de los rendimientos netos de actividades económicas del ejercicio anterior sea igual o inferior a 12.000 euros, a efectos del cálculo del pago fraccionado trimestral para aquellos obligados tributarios que desarrollen actividades económicas en el método de estimación directa, en cualquiera de sus modalidades y en el método de estimación objetiva, se podrán deducir el importe que resulte del siguiente cuadro:
Cuantía de los
rendimientos netos del ejercicio anterior
(euros) |
Importe de la
minoración (euros) |
Igual o
inferior a 9.000 |
100 |
Entre 9.000,01
y 10.000 |
75 |
Entre
10.000,01 y 11.000 |
50 |
Entre
11.000,01 y 12.000 |
25 |
Cuando el importe de la minoración sea superior a la cantidad resultante por aplicación del 20 % del rendimiento neto trimestral por las actividades que estuvieran en el método de estimación directa y del 4 % de los rendimientos netos en función de los datos-base del primer día del año a que se refiere el pago fraccionado, por las actividades que estuvieran en el método de estimación objetiva, la diferencia podrá deducirse en cualquiera de los siguientes pagos fraccionados correspondientes al mismo período impositivo cuyo importe positivo lo permita y hasta el límite máximo de dicho importe.
- Obligación de practicar pagos a cuenta del IRPF. - Rendimientos no sometidos a retención. - Rentas sujetas a retención. - Obligados a retener o ingresar a cuenta.
- Cálculo de la letra del N.I.F. - Comprobar si el C.I.F. es correcto. - Comprobar número de cuenta bancaria - Obtener dígito control de cuenta bancaria - Calcular dígito de control del nº de la Seguridad Social
- Autónomo colaborador - Deducción por maternidad - Declaración renta y plan PIVE - Deducción por inversión en vivienda - Certificado de eficiencia energética - Modificación Ley de Arrendamientos - Nuevo reglamento de facturación - Deducción de 400 € en el IRPF - Limitación de pagos en efectivo - Lucha contra la morosidad - Medidas de la reforma fiscal - Compatibilidad e incompatibilidad entre el IVA y el ITP-AJD. - Opción de ingreso del IVA a la importación. IVA diferido. - Diferencia entre el NIF y el NIF-IVA - Residencia habitual y domicilio fiscal - Sujetos obligados al pago del Impuesto sobre Sucesiones: obligación personal y obligación real. - Subvenciones para la sintonización de la TDT y la declaración de renta - Préstamos entre particulares: normativa, requisitos y obligaciones.