La Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social, introduce un nuevo artículo 37 en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, “Reducción de cuotas a favor de determinados familiares del titular de la explotación agraria”, según el cual, en el supuesto de personas incorporadas a la actividad agraria que queden incluidas en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, que tengan cincuenta o menos años de edad en el momento de dicha incorporación y sean cónyuges o descendientes del titular de la explotación agraria, siempre que este se encuentre dado de alta en los citados Régimen y Sistema Especial, se aplicará, sobre la cotización por contingencias comunes de cobertura obligatoria, una reducción equivalente al 30 por ciento de la cuota que resulte de aplicar a la base mínima de cotización que corresponda, el tipo del 18,75 por ciento.
La reducción de cuotas establecida en el párrafo anterior tendrá una duración de cinco años computados desde la fecha de efectos de la obligación de cotizar y será incompatible con la reducción y bonificación para los nuevos trabajadores incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos prevista en los artículos 31 y 32 de la presente Ley 31/2015, de 9 de septiembre (Reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social aplicables a los trabajadores por cuenta propia y Reducciones y bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social para las personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo que se establezcan como trabajadores por cuenta propia).
La reducción a la que se refiere este artículo, siempre que se cumplan las condiciones en él establecidas, será igualmente de aplicación al cónyuge del titular de una explotación agraria que se constituya en titular de la misma en régimen de titularidad compartida, salvo que viniera disfrutando de la reducción aquí prevista, en cuyo caso se seguirá percibiendo la misma hasta su extinción.
Relacionado:
| Reducciones y bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social para las personas con discapacidad que se establezcan como trabajadores por cuenta propia |
| Reducciones de cuotas a la Seguridad Social para jóvenes menores de 30 años que se establezcan como trabajadores por cuenta propia |
| Reducciones de cuotas a la Seguridad Social para mayores de 30 años que se establezcan como trabajadores por cuenta propia |
- Estimación objetiva - Estimación directa simplificada - Estimación directa normal
- Cálculo de la letra del N.I.F.
- Comprobar si el C.I.F. es correcto.
- Comprobar número de cuenta bancaria
- Obtener dígito control de cuenta bancaria
- Calcular dígito de control del nº de la Seguridad Social
- Calcular código IBAN
- Obtención de certificado de la renta
- Cómo solicitar la tarjeta sanitaria europea
- Autónomo colaborador - Deducción por maternidad - Declaración renta y plan PIVE - Deducción por inversión en vivienda - Certificado de eficiencia energética - Modificación Ley de Arrendamientos - Nuevo reglamento de facturación - Deducción de 400 € en el IRPF - Limitación de pagos en efectivo - Lucha contra la morosidad - Medidas de la reforma fiscal