En el artículo 37.4.1.º del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, se establece que cuando el desarrollo de actividades económicas, a las que fuese de aplicación el método de estimación objetiva, se viese alterado por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que afectasen a un sector o zona determinada, el Ministro de Hacienda y Función Pública podrá autorizar, con carácter excepcional, la reducción de los signos, índices o módulos
El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha emitido informe por el que se pone de manifiesto que durante 2017 se han producido circunstancias excepcionales en el desarrollo de actividades agrícolas y ganaderas que aconsejan hacer uso de la autorización contenida en el citado artículo 37.4.1.º del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Con efectos del 3 de abril de 2018, Orden HFP/335/2018, de 28 de marzo (BOE 02/04/2018), aprueba la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en 2017 por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales, las cuales se localizan en determinadas zonas geográficas
Las reducciones en los índices de rendimiento neto aplicables en 2017 a las actividades agrícolas y ganaderas, se agrupan por Comunidades Autónomas, provincias, ámbitos territoriales y actividades, en el anexo de la citada Orden.
Acceso al texto completo:
Orden HFP/335/2018, de 28 de marzo, por la que se reducen para el período impositivo 2017 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. |
BOE 02/04/2018.
Corrección de errores de la Orden HFP/335/2018, de 28 de marzo, por la que se reducen para el período impositivo 2017 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. |
BOE 25/05/2018.
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