El Programa Auto+ es el plan estatal de ayudas del Gobierno para la compra de vehículos eléctricos y electrificados (con etiqueta CERO de la DGT), aprobado bajo el Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+).
Este programa que sustituye al Plan MOVES III, cuenta con un presupuesto de 400 millones de euros para 2026 y se aplica con carácter retroactivo para compras realizadas desde el 1 de enero de 2026.
Cuantía de las ayudas para particulares (Categoría M1)
El importe máximo de la ayuda para particulares es de hasta 4.500 € y ya no requiere el achatarramiento obligatorio de un coche antiguo para obtener el máximo. La cifra final se calcula sumando tres porcentajes sobre la base máxima:
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Criterio |
Requisito / Modulación |
% de la ayuda |
Importe |
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1. Tipo de Motor |
Eléctrico puro (BEV) |
50% |
2.250 € |
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2. Precio del Vehículo
(Base imponible sin impuestos) |
Hasta 35.000 € |
25% |
1.125 € |
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3. Componente Industrial |
Vehículo ensamblado en la Unión Europea |
15% |
675 € |
Nota: Si un coche supera los 45.000 € de base imponible (antes de IVA / Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte o de Matriculación-IEDMT), queda completamente excluido del programa.
Otros tipos de vehículos cubiertos
• Furgonetas y camiones ligeros (N1): Ayudas de hasta 5.000 € (ó 7.500 € según condiciones).
• Motocicletas eléctricas (L3e, L4e, L5e): Hasta 1.100 € (con precio máximo del vehículo de 10.000 €).
• Cuadriciclos ligeros y pesados (L6e, L7e): Entre 1.125 € y 1.500 €.
Requisitos clave para solicitarlo
• Límite de vehículos: Se permite un máximo de 1 vehículo por particular, 3 para autónomos y hasta 10 para empresas.
• Permanencia: El comprador está obligado a mantener la titularidad del coche durante al menos 2 años.
• Vehículos usados: Quedan excluidos los coches de segunda mano tradicionales. Sin embargo, se admiten vehículos de Kilómetro 0 siempre que su primera matriculación por parte del concesionario haya sido a partir del 1 de enero de 2025.
• Gestión: Las solicitudes se tramitan de forma 100% digital a través del sistema telemático del Portal de Ayudas del Ministerio de Industria y Turismo. La ayuda se aplica como un descuento directo en la factura del concesionario.
Ventajas fiscales y extras acumulables
1. Deducción en el IRPF: Es posible deducir el 15% del valor de compra en la declaración de la renta, con un beneficio máximo de hasta 3.000 €.
2. Punto de recarga: Se prorroga la deducción fiscal de hasta el 15% (máximo 600 €) por la instalación de un cargador doméstico.
3. Certificados de Ahorro Energético (CAE): Al achatarrar o cambiar un coche antiguo de combustión, se puede obtener una bonificación adicional en factura de hasta 1.000 €, 100% compatible con el Plan Auto+.
4. Impuesto de matriculación: Exención total del pago al contar con la etiqueta CERO.
Nota: al comprar un coche fabricado fuera de la Unión Europea, se pierde una parte de la ayuda, concretamente el 25% de la cuantía máxima .
- Obligación de practicar pagos a cuenta del IRPF.
- Rendimientos no sometidos a retención.
- Rentas sujetas a retención.
- Obligados a retener o ingresar a cuenta.
- Cálculo de la letra del N.I.F.
- Comprobar si el C.I.F. es correcto.
- Comprobar número de cuenta bancaria
- Obtener dígito control de cuenta bancaria
- Calcular dígito de control del nº de la Seguridad Social
- Calcular código IBAN
- Obtención de certificado de la renta
- Cómo solicitar la tarjeta sanitaria europea
- Modelo de Contrato de Arras
- Modelo de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente
- Modelo de Contrato de Constitución de Comunidad de Bienes
- Modelo de Contrato de Constitución de Sociedad Civil
- Modelo de Contrato de Disolución de Comunidad de Bienes
- Modelo de Contrato de Disolución de Sociedad Civil
- Modelo de contrato de préstamo entre particulares
- Contrato de Traspaso de Negocio
- Modelo de escritura pública de sociedad limitada