- Con efectos de 1 de enero de 2025 se eleva a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores que obligan a presentar la declaración de la renta, por lo que no estarán obligados a presentar la declaración de Renta aquellos contribuyentes con ingresos de hasta 22.000 euros que tengan más de un pagador siempre que la suma de las rentas del segundo o restantes pagadores no superen los 2.500 euros.
- Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
- Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga.
- Con efectos de 1 de enero de 2024 se aplicará la imputación de rentas inmobiliarias al 1,1 por ciento si los inmuebles están localizados en municipios con valores catastrales revisados, siempre que hubieran entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2012.
Estimación objetiva en IRPF. Régimen simplificado y régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA
- Con efectos de 1 de enero 2025 y vigencia indefinida, se prorrogan durante 2025 los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos. También se prorrogan para el período impositivo 2025 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA.
- También se prorrogan para el período impositivo 2025 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA.
| Se prorrogan los límites excluyentes del método de estimación objetiva en el IRPF para el período impositivo 2025 |
El plazo para presentar las renuncias o revocaciones del método de estimación objetiva del IRPF y de los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, será desde el 25 de diciembre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025. No obstante, serán válidas las renuncias y revocaciones para 2025 que se hubieran presentado entre el 1 y el 24 de diciembre de 2024; también se podrán modificar las renuncias o revocaciones solicitadas en esas fechas, hasta el 31 de enero de 2025.
- El IVA de los alimentos básicos como el pan o las verduras volverá al 4 %
- Las pastas y los aceites de semilla vuelven al 10%.
- El aceite de oliva se mantendrá en el tipo superreducido del 4 %
- El IVA de la electricidad vuelve de forma definitiva al 21 %
También se introducen determinadas medidas sobre los carburantes.
- Con efectos de 1 de enero de 2025, se prorroga al ejercicio 2025 la libertad de amortización para aquellas inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.
Bono social
- Desde el 1 de enero, el descuento para los consumidores vulnerables pasará del 57,50 % al 50 %. La bonificación para vulnerables severos pasará del 72,50 % al 65 %.
- Desde el el 1 de julio para los consumidores vulnerables la bonificación pasará a tener un descuento del 35% y para los vulnerables severos pasará al 50 %.
Productos del tabaco: el 1 de abril de 2025 entrará en vigor del nuevo Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco.
Ayudas al transporte público: se mantienes hasta el 30 de junio de 2025
Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.
- Obligación de practicar pagos a cuenta del IRPF.
- Rendimientos no sometidos a retención.
- Rentas sujetas a retención.
- Obligados a retener o ingresar a cuenta.
- Cálculo de la letra del N.I.F.
- Comprobar si el C.I.F. es correcto.
- Comprobar número de cuenta bancaria
- Obtener dígito control de cuenta bancaria
- Calcular dígito de control del nº de la Seguridad Social
- Calcular código IBAN
- Obtención de certificado de la renta
- Cómo solicitar la tarjeta sanitaria europea
- Modelo de Contrato de Arras
- Modelo de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente
- Modelo de Contrato de Constitución de Comunidad de Bienes
- Modelo de Contrato de Constitución de Sociedad Civil
- Modelo de Contrato de Disolución de Comunidad de Bienes
- Modelo de Contrato de Disolución de Sociedad Civil
- Modelo de contrato de préstamo entre particulares
- Contrato de Traspaso de Negocio
- Modelo de escritura pública de sociedad limitada