El calendario de entrada en vigor de Verifactu se encuentra en un proceso de unificación con la Factura Electrónica.
Tras la nota informativa emitida por el Ministerio de Hacienda el 5 de octubre de 2026, el plan es posponer la obligación definitiva de Verifactu hasta octubre de 2028 para pymes y autónomos, pendiente de formalizarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Plazos oficiales vigentes - Unificación anunciada por Hacienda
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Colectivo afectado |
Plazo legal actual (RD-ley
15/2025) |
Calendario unificado
previsto (Nota informativa AEAT) |
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Grandes Empresas
(Facturación > 8M€) |
Sujetos al SII (Exentos de Verifactu de
forma general) |
6 de octubre de 2027
(Obligatoriedad de la Factura Electrónica B2B) |
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Sociedades / Empresas
(Facturación < 8M€) |
1 de enero de 2027 |
Se aplaza al 6 de octubre de 2028
(Para coincidir con la factura electrónica) |
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Autónomos y Profesionales |
1 de julio de 2027 |
Se aplaza al 6 de octubre de 2028
(Para coincidir con la factura electrónica) |
- VeriFactu regula la seguridad del software para evitar el fraude fiscal y envía datos a Hacienda.
- La factura electrónica regula el formato del documento comercial para digitalizar las transacciones entre empresas (B2B).
Cuadro de diferencias entre Verifactu y la Factura Electrónica
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Criterio |
VeriFactu |
Factura
Electrónica B2B |
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Objetivo principal |
Evitar el fraude
fiscal y la doble contabilidad
garantizando que los registros informáticos no
se alteren. |
Digitalizar las
relaciones comerciales y
controlar los plazos de pago para reducir la
morosidad. |
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Normativa de
origen |
Ley Antifraude (Real
Decreto 1007/2023). |
Ley Crea y Crece
(Real Decreto 238/2026). |
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¿Quién lo recibe? |
La Agencia
Tributaria (AEAT) de forma automatizada. |
El cliente final
(otra empresa o autónomo). |
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Ámbito de
aplicación |
Operaciones con
empresas (B2B) y con consumidores finales
(B2C). |
Exclusivamente
operaciones entre empresas y autónomos (B2B). |
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Formato del
documento |
Admite facturas en
papel o PDF, pero el sistema debe incluir un
código QR y una frase identificativa (1). |
Obliga a usar un
formato electrónico estructurado (XML,
Facturae, etc.). El PDF simple ya no es válido
por sí solo. |
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Requisito técnico
clave |
Registros de facturación encadenados
mediante hash y firma electrónica. |
Envío a través de plataformas de
intercambio de facturas conectadas con la solución pública de la
AEAT. |
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Excepciones regionales |
No se aplica en el
País Vasco y Navarra. |
Aplica en toda España. |
- Obligación de practicar pagos a cuenta del IRPF.
- Rendimientos no sometidos a retención.
- Rentas sujetas a retención.
- Obligados a retener o ingresar a cuenta.
- Cálculo de la letra del N.I.F.
- Comprobar si el C.I.F. es correcto.
- Comprobar número de cuenta bancaria
- Obtener dígito control de cuenta bancaria
- Calcular dígito de control del nº de la Seguridad Social
- Calcular código IBAN
- Obtención de certificado de la renta
- Cómo solicitar la tarjeta sanitaria europea
- Modelo de Contrato de Arras
- Modelo de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente
- Modelo de Contrato de Constitución de Comunidad de Bienes
- Modelo de Contrato de Constitución de Sociedad Civil
- Modelo de Contrato de Disolución de Comunidad de Bienes
- Modelo de Contrato de Disolución de Sociedad Civil
- Modelo de contrato de préstamo entre particulares
- Contrato de Traspaso de Negocio
- Modelo de escritura pública de sociedad limitada